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martes, 3 de marzo de 2009

Adhesión a la huelga


Estas son las cifras de adhesión a la legítima medida de fuerza que los trabajadores docentes llevamos adelante en la ciudad de Paraná:
Lunes 02 de marzo: 85%.
Martes 03 de marzo: 85%.
Esto significa que casi 9 de cada 10 docentes realizaron la medida de fuerza.

El porcentaje total en la provincia es del 90%, o sea que 9 de cada 10 trabajadores docentes realizamos el paro.

Nuestra medida de fuerza está legítimada constitucionalmente, aunque el gobierno provincial pretenda negarlo
Deberían sacar de sus cajones llenos de polvo la Constitución Nacional. Para refrescarles la memoria al gobernador y sus ministros, acá les dejamos el artículo 14 bis:
Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

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